Fecha y hora actual: Sáb 04 Sep, 2010 01:06
Sobre ASES-GC y Coberturas
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Quienes Somos
- Querido compañero a principios de año, un grupo de Suboficiales de la Guardia Civil decidimos dar el paso de crear una Asociación que agrupara a los miembros de esta Escala, en el convencimiento de que los problemas que se nos plantean son, en su mayoría y los más importantes, específicos de los suboficiales. Por ello, y como el panorama asociativo en el Cuerpo no satisfacía nuestras inquietudes profesionales, el 1 de marzo de 2006, acogiéndonos al Derecho Constitucional del artículo 22 de nuestra Carta Magna, inscribimos en el Ministerio del Interior la Asociación de la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil (ASES-GC).
En esta corta andadura hemos constatado fehacientemente que en la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil hay un profundo descontento por varios motivos; inaplicación práctica de la conciliación de la vida familiar y profesional, productividad, carga excesiva de trabajo, pérdida de destino por cambio de empleo dentro de la Escala, responsabilidad y plena dedicación sin reconocimiento económico ni personal. El hecho de que otras asociaciones, incluso de oficiales, se reúnan con normalidad con la Administración y expongan sus inquietudes profesionales, nos induce a pensar que el abandono en que se encuentra la Escala de Suboficiales se debe a esta falta de representación en el ámbito asociativo. Creemos que es totalmente necesaria la Asociación de Suboficiales para no quedarnos atrás. Observamos con pasividad cómo se nos deja de lado en la mayoría de las Ordenes Generales, amparándose en la responsabilidad y plena dedicación en el Ejercicio del Mando, pero esto, después, no se refleja en la nómina, al contrario, si no te pagan la productividad cobras igual o incluso menos que otros compañeros de otra escala y de menor empleo y por ello con menor responsabilidad y dedicación. Esto no es justo. La Asociación de Suboficiales sabe que nuestra labor, hoy día, esta sujeta a multitud de riesgos, cada vez es más técnica y compleja, agravada por el hecho de la especial situación de responsabilidad en nuestros destinos, máxime si eres Mando de Unidad. Por ello, hemos contratado los servicios de AESTIMATIO ABOGADOS, uno de los mejores especialistas en Derecho Militar y de la Guardia Civil en España.
Algunas de nuestras coberturas alcanzan ámbitos profesionales tan amplios como un expediente de pérdida de condiciones psicofísicas y las reclamaciones económicas, sin olvidar la gratuidad de las consultas, profesionales y particulares e importantes descuentos en los asuntos particulares que tramites con el despacho. Igualmente ofrecemos un seguro de suspensión temporal de empleo y sueldo y de constitución de fianzas penales con la compañía ARAG (especializada en estos temas), que cubre ampliamente nuestras necesidades.
Los Suboficiales debemos responder a este llamamiento por la responsabilidad a que estamos acostumbrados, en el convencimiento de que ésto no será sino un Servicio más a la Guardia Civil, pues una Escala de Suboficiales digna y satisfecha redundará en beneficio de todos los que componemos el Cuerpo y en la propia Institución. Transmite esta noticia a todos los suboficiales que conozcas. La recompensa nunca está lejos del esfuerzo.
Todos juntos, por una Escala digna.
LA JUNTA DIRECTIVA DE ASES-GC
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Coberturas Jurídicas Profesionales
- - Asesoramiento, consultas, informes, dictámenes, solicitudes sobre cualquier asunto de los asociados.
- Materia Disciplinaria: tramitación íntegra de cualquier expediente disciplinario y Contencioso disciplinario-militar, derivado del ejercicio de la actividad profesional del asociado.
- Reclamaciones administrativas y contencioso-administrativas en cualquier asunto relacionado con la actividad profesional de los asociados: ascensos, cursos, destinos, traslados, etc.
- Los Recursos contenciosos administrativos sobre reclamación de retribuciones hasta 3.000 euros tendrán carácter gratuito.
- Procedimientos penales militares: gratuidad del procedimiento hasta agotar las instancias jurisdiccionales correspondientes.
- Defensa penal ante la jurisdicción ordinaria por hechos derivados de la actividad profesional.
- Reclamación a terceros de los daños corporales y perjuicios patrimoniales que se causen al asociado. A partir de 3.000 € el gabinete jurídico cobrará un 10 % de la totalidad de la indemnización.
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Coberturas Jurídicas Particulares
- -Las consultas particulares de los asociados serán gratuitas.
-Caso de tramitar cualquier asunto particular judicial o extrajudicial en el gabinete jurídico, el asociado tendrá un descuento de un 40 % sobre el mínimo que recomiende el Colegio de Abogados correspondiente. De este mismo derecho gozarán el cónyuge, hijos y ascendientes del asociado.
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Otras Coberturas
- Procedimientos sobre insuficiencia de condiciones psicofísicas y derechos pasivos. Caso de no estimarse la petición no producirá coste alguno. De resultar favorable, se abonará al gabinete jurídico unos honorarios con un descuento de un 40 % sobre el mínimo de la tarifa del Colegio de Abogados correspondiente.
Recursos contenciosos administrativos en materia de retribuciones que excedan de 3.000 euros: devengarán un porcentaje, caso de estimarse, del 10% a favor del gabinete jurídico.
B. COBERTURAS ECONÓMICAS
Constitución de fianzas penales que puedan imponerse al asegurado por hechos derivados de su actividad profesional. Límite por asegurado y año 6.000€.
El asociado cobrará un subsidio por suspensión temporal de empleo y sueldo, con un límite individual de 21.635€ anuales y durante 365 días como máximo, esta cobertura tiene un imite global para el conjunto de asegurados y por anualidad de 100.000€.
C. EXCLUSIONES COBERTURAS ECONÓMICAS
Fianzas penales; excluidas las indemnizaciones y multas y también los hechos voluntariamente causados por el asegurado o cuando concurra dolo o falta grave, según sentencia judicial firme.
Subsidio por suspensión temporal de empleo y sueldo; límite individual de 21.635€ anuales y durante 365 días como máximo. Límite general para la póliza 100.000€. Los hechos voluntariamente causados por el asegurado o cuando concurra dolo o falta grave, según sentencia judicial firme. Los siniestros que comporten la finalización de la relación funcionarial del asegurado. Los hechos cometidos por el asegurado cuando se halle bajo los efectos de drogas o bebidas alcohólicas y aquellos que nos sean consecuencia de un acto de servicio y cuyo origen sea una riña o pelea.
Todavía no hemos recibido la póliza y faltan por concretar determinados detalles que no alteraran de manera sustancial lo ya reflejado.
D. EXCLUSIONES DE LAS COBERTURAS JURÍDICAS
Costas judiciales a las que se pueda llegar a condenar al socio litigante.
Los Procuradores de los Tribunales que sean necesarios para tramitar los asuntos judiciales correrán a cargo de la Asociación y del socio litigante al 50%, previa aprobación por la Junta Directiva, excepto en los procedimientos penales que serán gratuitos.
Otros profesionales que pudieran intervenir, como péritos, notarios, etc.
No obstante lo anterior, y cuando se declare por la Junta Directiva un asunto como de “interés general”, la Asociación correrá con todos los gastos derivados del pleito referentes a costas judiciales, procuradores y otros profesionales que pudieran intervenir, como péritos, notarios, etc…
E. EXCLUSIÓN GENERAL
Quedan excluidos de ambas coberturas, jurídica y económica, aquellos hechos que hubieran ocurrido con anterioridad a la adquisición de la condición de socio y para los que solicita cobertura aunque produzcan sus efectos una vez adquirida ésta.
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