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Mensaje |
CONAN
Guardia Civil

Registrado: Abril 2010
Mensajes: 4
Ubicación: CASTELLON
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 ASUNTOS PARTICULARES ¿DIAS DEDUCIBLES O NO?
Buenas noches compañeros, tengo una duda. Se me da el caso de que tengo personal que esta de asuntos propios en dia uno de noviembre, es decir festivo, y no tengo claro si es dia deducible o no, ya que segùn entiendo en la O.G. solamente no son deducibles Bajas, Vacaciones y Permisos, pero no he visto nada sobre Asuntos Particulares. Gracias ante todo y a aplicarnos con el SIGO que vamos a tener que grabar hasta las veces que respiramos
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Randalf44
Suboficial Mayor

Registrado: Noviembre 2008
Mensajes: 547
Ubicación: Entre dos aguas
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 Re: ASUNTOS PARTICULARES ¿DIAS DEDUCIBLES O NO?
Tampoco son deducibles los asuntos particulares, la orden te dice que se deduciran los festivos al personal que esté de servicio o en disposición de prestarlo, un efectivo que está de asuntos particulares ni está de servicio ni en disposición de prestarlo, es como si estuviera de vacaciones o permiso.
Un saludo
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«Preferisteis el deshonor a la guerra. Pues bien, tenéis el deshonor y tendréis la guerra»
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lince
Sargento 1º

Registrado: Junio 2008
Mensajes: 146
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 Re: ASUNTOS PARTICULARES ¿DIAS DEDUCIBLES O NO?
Tanto los asuntos particulares como permisos urgentes, navidad,semana santa... descuentan 7.5 Siempre aunque no sea festivo.
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altamache
Brigada

Registrado: Junio 2008
Mensajes: 190
Ubicación: Allí donde el viento me lleve
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 Re: ASUNTOS PARTICULARES ¿DIAS DEDUCIBLES O NO?
Ya pero un día de asuntos particulares antes descontaba 5,35 horas y ahora 7,50, con lo cual la diferencia son dos horas que hay que deducir más. Tengo otra consulta en mi Comandancia los días festivos que se encuentran dentro de un período de solicitud de asuntos particulares no descuentan días, sino que son considerados libres, bueno más bien francos de servicio. Entonces si un Guardia coge asuntos particulares del 30 de octubre al 02 de noviembre, el día 1 hay que ponerselo franco de servicio, con cual automáticamente el sigo le descuenta 7,50 horas sin estar en realidad disponible para el servicio. Esto no me parece muy correcto, a ver que me decis. Un saludo.
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mote
Suboficial Mayor

Registrado: Enero 2009
Mensajes: 360
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 Re: ASUNTOS PARTICULARES ¿DIAS DEDUCIBLES O NO?
Ya pero un día de asuntos particulares antes descontaba 5,35 horas y ahora 7,50, con lo cual la diferencia son dos horas que hay que deducir más. Tengo otra consulta en mi Comandancia los días festivos que se encuentran dentro de un período de solicitud de asuntos particulares no descuentan días, sino que son considerados libres, bueno más bien francos de servicio. Entonces si un Guardia coge asuntos particulares del 30 de octubre al 02 de noviembre, el día 1 hay que ponerselo franco de servicio, con cual automáticamente el sigo le descuenta 7,50 horas sin estar en realidad disponible para el servicio. Esto no me parece muy correcto, a ver que me decis. Un saludo.
Graba en SIGO todas las situaciones de personal que conozcas hasta la fecha, vacaciones, asuntos propios, bajas médicas, etc y el sistema te dara las horas de referencia y no te compliques más la vida. En tu Comandancia como en todas se tienen que regir por las horas de referencia que SIGO les de, una vez cargado en el módulo de servicio las situaciones de personal.
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tejedor
Suboficial Mayor

Registrado: Abril 2010
Mensajes: 392
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 Re: ASUNTOS PARTICULARES ¿DIAS DEDUCIBLES O NO?
Al que está de asuntos particulares (aunque sea enfestivo) se le restan 7,5 horas del computo mensual y punto, pues dice se restaráan 7, 5 h. a los festivos, asuntos particulares, permisos urgentes y navidad /semana santa
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IBIZA
Subteniente

Registrado: Marzo 2009
Mensajes: 260
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 Re: ASUNTOS PARTICULARES ¿DIAS DEDUCIBLES O NO?
con las horas que da el SIGO una vez grabadas las no disponibilidades y demás, no hay que fiarse pues en algún componente no pone las horas de referencia bien...se me da el caso en noviembre con un componente y en diciembre con dos.....esta semana correo al Sigo de la comandancia y que resuelva....
lo del cálculo ya está claro...según las horas que tenga que hacer del mes....161...166..., se descuentan 7.5 horas (7.30 para algunos), cada día de A.Propio, por cada festivo local-nacional (el personal que no esté de baja o de vacaciones) se le descontará del computo mensual....si tiene el A. Particular en un Festivo, como dice la norma no está en condiciones de realizarlo, por lo que sólo se descuentan las 7.5 del día de A. Propios (no le vas a quitar otras 7.5 del día festivo)....
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